Devolución de Tiquetes

Para solicitar la devolución de tu ticket te pedimos que antes de completar la información del siguiente formulario, tengas en cuenta que:
 
El botón de arrepentimiento establecido por Resolución 424/20 de la secretaria de Comercio, no aplica a los servicios de transporte aereo de pasajeros, equipajes y carga, de acuerdo a la Resolución Anac 329/2020.
La devolución podrás pedirla únicamente dentro de la validez del ticket. La misma es de 12 meses desde la fecha de emitido el mismo.
Sólo se procesarán devoluciones de tickets adquiridos a través de bocas de venta propias de Aerolíneas (web, Call center, WhatsApp, Aeropuertos y Sucursales) Si el ticket lo compraste en una agencia de viajes, es necesario que te contactes con la misma para solicitar la devolución.
La devolución se procesará únicamente si la tarifa emitida lo permite y se aplicarán siempre las penalidades correspondientes según la regulación de la misma. Tené en cuenta que ante una combinación de distintos tipos de tarifas en un mismo billete, se aplicarán las condiciones de devolución de la tarifa más restrictiva.
Si tu ticket lo adquiriste vía web, deberás completar el formulario seleccionando siempre el país de residencia, que tendrá que ser el mismo que el elegido al momento de la compra.
Es importante que ingreses tus datos en el formulario con exactitud. En caso de surgir alguna consulta puntual, te contactaremos a tu casilla de e-mail.

 

Para vuelos operados desde y hacia Colombia aplican las Facultades del pasajero para ejercer el derecho de Desistimiento o derecho de Retracto en los siguientes términos:
 
1.Derecho de Desistimiento: Este derecho podrá ser ejercido respecto de un vuelo iniciado o terminado en Colombia. El pasajero podrá, con al menos 24 horas de antelación a la realización del vuelo, desistir de su viaje dando aviso al Transportador o a la Agencia de Viajes, sujeto a las penalidades que resulten aplicables a la tarifa que hubiesen abonado y a las normas de derecho aeronáutico que así lo disponen. Las tarifas promocionales registradas ante la Oficina de Transporte Aéreo de la UAEAC se encuentran exceptuadas de este derecho.
 
2.Derecho al Retracto en Colombia: 
NOTA: El Consejo de Estado de Colombia suspendió provisionalmente las normas del retracto expedidas por la autoridad aeronáutica de ese país. Mientras esta suspensión tenga efectos, el retracto se aplicará con base en el artículo 47 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del consumidor), que dispone lo siguiente:
En los contratos de venta de tiquetes aéreos realizados en Colombia por medios no tradicionales o a distancia (venta no presencial) se entiende pactado el derecho al retracto, bajo las siguientes condiciones:
• El término máximo para ejercer el derecho de retracto será de cinco (5) días hábiles contados a partir del día de la compra del tiquete
aéreo.
• Aplica siempre y cuando el servicio no se vaya a ejecutar durante los siguientes cinco (5) días hábiles.
• El dinero se deberá devolver dentro de los treinta (30) días calendario siguientes desde el momento en que ejerció el derecho.
• No procede devolución de la tarifa administrativa, de conformidad con lo establecido en la Resolución 3596 de 2006.
 

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